Buenos días, Siempre he defendido que las demandas recibidas en las
Aseguradoras de siniestros de daños corporales en los que existan datos que
reflejen se trata de un intento de fraude sean defendidos en los juzgados,
principalmente porque es bien sabido que el que comente fraude al Seguro,
generalmente repite, especialmente en casos de falsas lesiones por accidente de
tráfico, con especial incidencia en las lesiones en zona lumbar y cervical.
Principalmente porque en el juzgado siempre quedará constancia del caso,
quedando identificadas las personas intervinientes, independientemente del
resultado, esto hará que en sucesivos casos exista conocimiento sobre
situaciones previas de similares características, lo cual no ocurre en caso de
negociación previa a la intervención judicial.
Pues bien, en esta ocasión nos hacemos eco de un caso que se trata de
una situación en que se juzga por estafa a 7 personas. Aún sin conocer las
circunstancias del caso, podemos afirmar que la argumentación del dictamen
judicial para absolver a estas personas, se basa en la dificultad de demostrar
que el siniestro no se produjera en realidad, refiriéndose en la afirmación de
los denunciados, por no quedar justificado que se pusieran de acuerdo para
cometer el fraude y porque las lesiones reclamadas son compatibles con un
siniestro por alcance. Caben muchas conclusiones sobre esta sentencia y darían
para un buen debate sobre las circunstancias que se dan en todo el proceso hasta
llegar a la sentencia. En mi caso como resumen, me quedaría con los aspectos que
su Señoría considera básicos para condenar a una persona por delito de estafa
y en este caso estos son:
1.- Demostrar que un accidente no se ha producido en realidad.
2.- Demostrar que los denunciados se han puesto de acuerdo en
rellenar un parte amistoso.
3.- Emisión de partes de asistencia médica donde se constata la
existencia de lesiones compatibles con un siniestro de circulación por alcance.
No cabe duda que acusar a alguien de estafa es algo muy serio, pero
es igualmente cierto que la bolsa de fraude en este tipo de delitos es cada vez
más grande, ante lo cual solo queda trabajar las pruebas de forma exhaustiva,
siendo un tema en el que intervienen datos técnicos, en cuanto a las colisiones
de los vehículos y lesiones, se puede considerar que los profesionales
peritos-médicos-tramitadores trabajando interrelacionadamente tienen mucho que
aportar al respecto.
Un saludo.
Josu
Martínez.
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Absueltas 7 personas acusadas de fraude al seguro
La
Sección 1ª
de la Audiencia
Provincial de Jaén ha absuelto a las 7 personas
juzgadas por un presunto delito de estafa en grado de tentativa cometido
en Linares contra una compañía aseguradora, al entender que "no ha resultado
debidamente justificado que dichos acusados se pusieran de acuerdo para
confeccionar el parte amistoso referido al accidente de
circulación por alcance del 29 de julio de 2010; ni que éste se produjera en
realidad con consecuencias lesivas para los ocupantes de los vehículos
implicados".
En la
sentencia, el tribunal razona que "ciertamente es muy difícil demostrar que un
accidente de circulación no se produjera en la realidad, cuando 7 personas
afirman su existencia y resulta corroborada por los partes de asistencia médica
que 6 de ellas demandaron del hospital de la localidad donde residen, en los que
se describen lesiones perfectamente compatibles con un accidente de circulación
producido por alcance". La
Fiscalía solicitaba para cada uno de los acusados una pena de
11 meses y 15 días.
No hay comentarios:
Publicar un comentario