Un saludo.
Josu Martínez
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Un Juzgado de Santander ha condenado a tres personas, una de ellas
policía local de Santander, a cinco meses de prisión para cada una por falsear
un parte de accidente tras una colisión y tratar de estafar así a la compañía de
seguros.
Pese a no
ser uno de los procesados, la juez destaca en su sentencia la 'falta de
credibilidad' del policía local de Santander que intervino en este accidente,
compañero de uno de los condenados, ya que plasmó en su informe que esta persona
no conducía pese a que fue la única que halló en el lugar y porque no le realizó
la prueba de alcoholemia.
Según se recoge en la sentencia, en la madrugada del 28 de noviembre de 2008
se produjo un accidente de circulación en Santander, al salirse de la vía un
turismo propiedad de la empresa de la que era administrador uno de los acusados,
Luis G.R.
El conductor del vehículo accidentado es un agente de la Policía Local de Santander, mientras que el policía que intervino tras el siniestro es su primo y compañero.
Con la intención de lograr un resarcimiento por la compañía de seguros, y con ello un beneficio económico ilícito, los dos acusados actuaron de acuerdo con Ana Belén D.S., la tercera procesada, y elaboraron un parte amistoso de accidente en el que hicieron constar que en la madrugada de ese día esta mujer colisionó con ese vehículo conducido por Gustavo R.S., lo que ocasionó que perdiera el control y, a su vez, chocara.
Esa declaración fue enviada a las respectivas compañías de seguros de los dos vehículos, con lo que una de ellas abonó las asistencias médicas.
La titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Santander ha señalado que estos hechos constituyen un delito de estafa en grado de tentativa, del que considera responsable a los tres acusados: Luis G.R., Gustavo R.S. y Ana Belén D.S.
La juez ha impuesto cinco meses de cárcel a cada uno de ellos y también les ha condenado a indemnizar a la compañía de seguros con el importe que desembolsó por los gastos de la atención médica.
En su fallo, la titular del Juzgado destaca 'el cúmulo de contradicciones' en el que incurrieron tanto los acusados como los testigos de esta causa.
Así, en la sentencia, refiere la actuación del agente de la Policía Local que intervino por el accidente, que no reflejó en su informe técnico el otro vehículo supuestamente implicado.
Además, el agente no citó en su informe que ninguna persona resultara lesionada, pese a que se presentaron partes de lesiones.
La juez critica que este policía recogió en su informe como un 'hecho incuestionado' que su compañero y acusado no era el conductor del coche, a pesar de que fue el único al que halló en el lugar del suceso.
Añade que este policía local manifestó que encontró a Gustavo R.S. 'algo bebido' pero no le realizó ninguna prueba de alcoholemia.
La titular del Juzgado asevera por otro lado que ese agente de la Policía Local solicitó hablar con un superior mediante una llamada privada entre móviles 'fuera de la emisora', pues alegó que en el accidente había 'otra cosa muy complicada'.
Para la juez, el accidente descrito en el informe técnico no revela que existiera 'complicación alguna' y, a su entender, 'la complejidad y el sigilo tenían relación con el hecho de haberse visto implicado en el accidente un compañero de profesión'.
El conductor del vehículo accidentado es un agente de la Policía Local de Santander, mientras que el policía que intervino tras el siniestro es su primo y compañero.
Con la intención de lograr un resarcimiento por la compañía de seguros, y con ello un beneficio económico ilícito, los dos acusados actuaron de acuerdo con Ana Belén D.S., la tercera procesada, y elaboraron un parte amistoso de accidente en el que hicieron constar que en la madrugada de ese día esta mujer colisionó con ese vehículo conducido por Gustavo R.S., lo que ocasionó que perdiera el control y, a su vez, chocara.
Esa declaración fue enviada a las respectivas compañías de seguros de los dos vehículos, con lo que una de ellas abonó las asistencias médicas.
La titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Santander ha señalado que estos hechos constituyen un delito de estafa en grado de tentativa, del que considera responsable a los tres acusados: Luis G.R., Gustavo R.S. y Ana Belén D.S.
La juez ha impuesto cinco meses de cárcel a cada uno de ellos y también les ha condenado a indemnizar a la compañía de seguros con el importe que desembolsó por los gastos de la atención médica.
En su fallo, la titular del Juzgado destaca 'el cúmulo de contradicciones' en el que incurrieron tanto los acusados como los testigos de esta causa.
Así, en la sentencia, refiere la actuación del agente de la Policía Local que intervino por el accidente, que no reflejó en su informe técnico el otro vehículo supuestamente implicado.
Además, el agente no citó en su informe que ninguna persona resultara lesionada, pese a que se presentaron partes de lesiones.
La juez critica que este policía recogió en su informe como un 'hecho incuestionado' que su compañero y acusado no era el conductor del coche, a pesar de que fue el único al que halló en el lugar del suceso.
Añade que este policía local manifestó que encontró a Gustavo R.S. 'algo bebido' pero no le realizó ninguna prueba de alcoholemia.
La titular del Juzgado asevera por otro lado que ese agente de la Policía Local solicitó hablar con un superior mediante una llamada privada entre móviles 'fuera de la emisora', pues alegó que en el accidente había 'otra cosa muy complicada'.
Para la juez, el accidente descrito en el informe técnico no revela que existiera 'complicación alguna' y, a su entender, 'la complejidad y el sigilo tenían relación con el hecho de haberse visto implicado en el accidente un compañero de profesión'.
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