Buenos días, esta semana rescatamos una noticia de fraude
muy veraniega como es la de los fraudes por incendios provocados. En este caso
se trata de una noticia que en su día publicó el Diario Vasco, sobre la condena
a un hombre por quemar su vehículo para intentar cobrar la indemnización del
valor a nuevo de dicho vehículo.
Si bien es cierto que el verano es propicio para los
incendios fortuitos, también lo es para los provocados, si a esto le añadimos
que hay quien afirma que el crimen perfecto en cuanto a los fraudes al seguro
pudiera estar en un incendio provocado, nos encontramos que este tipo de fraude
entraña una especial dificultad de investigación.
Pero como vemos en esta noticia, un laborioso trabajo de
verificación, como el realizado por el perito de seguros en este caso, puede
llevar a conclusiones definitivas.
En general el periodo estival tiene un aumento de fraude,
junto a las fechas navideñas, por lo que es muy recomendable estar más atentos
durante estos meses a posibles indicios de fraude.
Os recuerdo que las estadísticas de seguridad vial dicen que
los siniestros más graves se producen en los trayectos cortos, especialmente en
carreteras secundarias, ya que se conduce con menor atención que en los viajes
largos, donde el conductor va más mentalizado y por tanto más atento.
Resaltar también el continuo aumento de siniestros por
distracciones debidas al manejo del móvil mientras se conduce. Recuerda, para
evitar tentaciones; MOVIL AL MALETERO¡!
Un saludo y feliz verano
Josu Martínez
Condenado por intentar estafar al seguro quemando su coche de alta gama
El procesado recibió el automóvil, un Audi A-6 Quattro valorado en 75.681 euros, como parte de una herencia | Ha sido condenado a siete meses de cárcel y a abonar una multa de 1.200 euros
La Audiencia de Gipuzkoa ha condenado a siete meses de
cárcel a un hombre que quemó su coche de alta gama, tres semanas antes de que
venciera la póliza del vehículo, para intentar estafar 56.250 euros a la
compañía de seguros.
Los hechos sentenciados se remontan al año 2015, cuando el
procesado recibió el automóvil, un Audi A-6 Quattro valorado en 75.681 euros,
como parte de una herencia.
El coche contaba con una póliza de seguro a todo riesgo con
una cláusula que establecía que, en caso de pérdida total durante los dos
primeros años de vida del vehículo, la compañía indemnizaría al perjudicado con
una cantidad equivalente a su valor venal mejorado que en aquel momento
ascendía a 56.250 euros.
Según la sentencia del caso, a la que ha tenido acceso EFE,
la quema del coche se produjo el 16 de junio de 2015, cuando aún faltaban tres
semanas para que el automóvil cumpliera sus dos primeros años de antigüedad.
La resolución judicial, emitida por la Sección Tercera de la
Audiencia, explica que sobre las 20.15 horas de aquel día, el inculpado se
dirigió con el vehículo al aparcamiento de un restaurante abandonado, situado
en un monte de Errezil y «que no era visible desde la carretera», para «prender
fuego» al coche.
Seguidamente, el hombre abandonó el lugar, en otro vehículo
conducido por su hermano, y se dirigió a una sidrería de Asteasu para cenar con
varios familiares.
A consecuencia del incendio, el Audi A-6 «quedó en estado de
siniestro total «, por lo que el inculpado dirigió un burofax a su compañía de seguros»
reclamando el importe de las cantidades aseguradas derivadas de la pérdida del vehículo
«. No obstante, el encausado «no logró cobrar, al interponer la aseguradora la
denuncia correspondiente «.
Para condenar al acusado, la sentencia tiene en cuenta ahora
distintos indicios que avalan la tesis de uno de los peritos que declaró en el
juicio y que apreció que el hombre intervino en «la causación del incendio»,
como es el hecho de que «presentara una quemadura en el brazo derecho en fechas
inmediatamente posteriores a los hechos».
Asimismo, tiene en cuenta «la proximidad de la fecha de
conclusión del plazo de cobertura privilegiada «del seguro del coche y que éste»
estaba sometido a revisiones y obligado a un correcto mantenimiento en virtud
del contrato de leasing «al que estaba suscrito.
Igualmente, la resolución tiene en cuenta que se trataba de
«un vehículo de alta gama con elementos de resistencia y calidad», que el
incendio se produjo en «una zona apartada», en el aparcamiento «de un
establecimiento que no estaba en funcionamiento», y que el «lapso temporal» en
el que tuvo lugar el siniestro fue muy corto ya que el vehículo ardió «de forma
muy rápida» para calcinarse «de manera casi completa».
Este último hecho contrasta con «la hipótesis del fallo
eléctrico» que se expuso durante el juicio pues, de haber sido así, el incendio
hubiera sido «más escalonado».
Por este motivo, el tribunal condena al acusado, como autor
de un delito de estafa en grado de tentativa, a siete meses de cárcel y a
abonar una multa de 1.200 euros.
La sentencia no es firme ya que, en su contra, se puede
presentar recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia del País
Vasco (TSJPV).