viernes, 15 de mayo de 2020

Semana 20


Buenos días, es conocido por todos los que participamos profesionalmente de alguna manera en el sector asegurador, las ventajas que tiene para las aseguradoras el poder contar en la Lucha Contra el Fraude con herramientas big data. Dichas herramientas permiten, en base a su capacidad de análisis masivo de datos, obtener indicios de fraude que después se tendrán que verificar, pero estas herramientas son utilizadas normalmente solo para siniestros, cuando podrían ser utilizadas también para la prevención del fraude interno. Se conoce como fraude interno el realizado por personal de la propia aseguradora o los más estrechos colaboradores.
Precisamente la noticia que hoy destacamos hace referencia a este tipo de fraude interno, muy dañino en cuanto al perjuicio que supone la vulneración de la confianza que la empresa deposita en sus empleados y colaboradores, además del lógico perjuicio económico. Es por ello que el desarrollo de aplicaciones big data para la prevención del fraude interno, resulta sumamente recomendable.
Un saludo
Josu Martínez

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Condenado el director de sucursal de una aseguradora por apropiarse de 1,4 millones de sus clientes


El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de cinco años de prisión impuesta al director de una sucursal en Almería de una multinacional española de seguros que se apropió de 1,4 millones de euros de primas aportadas por clientes y de cuantías destinadas a fondos de inversión.

El acusado, quien trabajó entre los años 2000 y 2010 para esta compañía, engañó de esta manera a 32 personas y causó un perjuicio a la empresa de 1,8 millones de euros ya que se vio obligada a indemnizar a los clientes perjudicados en el perjuicio real sufrido.

El Alto Tribunal andaluz confirma en su sentencia, consultada por Europa Press, el fallo de la Audiencia Provincial de Almería que, al margen de la pena privativa de libertad, condenó a B.L.R. a multa de 15 meses con una cuota diaria de seis euros como autor de un delito continuado de apropiación indebida en concurso medial con un continuado de falsedad en documento mercantil, y rechaza en todos sus extremos el recurso de apelación de la defensa.

El acusado tenía entre sus funciones tenía la de supervisar y dirigir la actuación comercial de los empleados, agentes de seguros y representantes de una división de la multinacional, así como la de realizar él mismo operaciones comerciales representando a la empresa, por lo que intervenía en la contratación por parte de clientes de los productos financieros, además de recepcionar y de transmitir las órdenes de suscripción y reembolso por cuenta de los clientes de la empresa.

El tribunal considera acreditado que, en ejecución de “un plan preconcebido y aprovechándose de la confianza depositada en él”, percibió dinero de numerosos clientes para pago de las primas de contratos de seguros y para la suscripción de determinados productos de inversión, en especial participaciones en Fondos de Inversión gestionados la empresa.

Lo hizo, según subraya, “sin ingresar a favor de la multinacional los importes recibidos ni suscribir en favor de los clientes los productos de inversión, haciendo suyos los importes”.

La sentencia concreta que, en ocasiones ordenó, “sin conocimiento ni autorización de sus titulares”, el reembolso de participaciones en fondos de inversión en una cuenta bancaria que no era de los clientes, apropiándose de estas. También elaboró documentos que no se ajustaban a la realidad para conseguir sus fines y obtener un lucro ilegitimo.

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