viernes, 10 de noviembre de 2017

Semana 45

Buenos días, la noticia seleccionada hoy es una de las prácticas habituales en el conocido fraude del cuponazo cervical. Una de las variantes de este tipo de fraude que se produce cuando los ocupantes de un vehículo colisionado por alcance simulan lesiones cervicales, consiste en que a la hora de acudir al centro hospitalario para requerir la primera asistencia tras el siniestro, se presente una o incluso varias personas que no se encontraban en el vehículo en el momento del siniestro. Es muy importante que la aseguradora consulte al conductor del vehículo proyectil por el número y características de los ocupantes.

Un saludo.

Josu Martínez.

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Seis meses de cárcel por estafar a una aseguradora tras un accidente de tráfico

El hombre que sufrió el siniestro incluyó a su pareja, sin ser ello cierto, entre los ocupantes del coche que conducía


La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a 6 meses de cárcel y multa de 180 euros a un hombre y a su pareja, que estafaron 3.500 euros a una compañía de seguros al incluir a la segunda, sin ser ello cierto, entre los ocupantes del coche que conducía el primero cuando sufrió un accidente de tráfico.

La sentencia indica que los acusados reconocieron los hechos al iniciarse el juicio contra ello y se conformaron con cumplir las penas pactadas por el fiscal del caso y sus defensas.
Con esa conformidad, los denunciados, nacidos en Ecuador, reconocieron que tras el accidente de tráfico, ocurrido en una calle de Murcia en mayo de 2010, declararon que la mujer iba como ocupante en el coche siniestrado, para lo que aportó un parte médico de urgencias y pasó luego revisión en una clínica.

Después se demostró, añade la sentencia, que en el turismo, además del conductor y acusado en estos hechos, viajaban otras cuatro personas, ninguna de las cuales era la acusada.
Al concretar la pena de cárcel en seis meses de prisión, como autores ambos de un delito de estafa, la sala les aplica las atenuantes de dilaciones indebidas y de confesión de los hechos, condenándolos igualmente a devolver a la aseguradora los 3.500 euros que recibieron de la misma como indemnización.

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